El Tribunal Supremo de Justicia avaló este viernes, 28 de abril, la constitucionalidad de la Ley de Extinción de Dominio, la cual fue aprobada esta semana por la Asamblea Nacional electa en el 2020, de mayoría chavista.
El organismo se pronunció sobre esta nueva ley aprobada por el chavismo. En tal sentido, examinó el marco jurídico de la medida y confirmó que se trata de una legislación válida dentro de la Constitución.
“Contiene normas que buscan fortalecer las capacidades del Estado para combatir con eficiencia estas prácticas delictivas”, expuso la Sala Constitucional del TSJ, de acuerdo con el portal de Unión Radio.
El Parlamento electo en el 2020 aprobó por unanimidad la ley este jueves, 27 de abril. Se trata de una legislación que brinda la facultad al Estado de actuar en contra de los bienes adquiridos por actividades ilegales, incluyendo la corrupción.
MEDIDA RETROACTIVA
La Sala Constitucional recordó que entrará en vigencia cuando sea publicada en Gaceta Oficial, tras la aprobación de Nicolás Maduro. Sin embargo, aclaró que se trata de una medida que podrá aplicarse a personas que hayan cometido el delito antes de la aprobación de la ley.
“La extinción de dominio procederá, aunque los presupuestos fácticos exigidos para su declaratoria hubieren ocurrido con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley”, agregó el TSJ.
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Las autoridades aprobaron la medida después de que se revelaran varios casos de corrupción en empresas y organismos del Estado. Por tanto, decenas de personas, incluyendo funcionarios, están detenidos mientras avanzan las investigaciones.
Esta ley se podrá aplicar contra venezolanos o extranjeros vinculados a delitos cometidos contra el Patrimonio Público. Entre los actos criminales están: tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes y quienes se han enriquecido ilícitamente con el amparo del poder público.