El líder de Un Nuevo Tiempo, Manuel Rosales, acudió este miércoles a la citación realizada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) «para la debida consignación de los instrumentos electorales» tras el proceso del 28 de julio.
Rosales se encuentra con José Cartaya de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y Simón Calzadilla del partido Movimiento por Venezuela (MPV), representantes de las tarjetas que apoyaron la candidatura de Edmundo González en la elección del 28 de julio.
#7Ago | Manuel Rosales hace minutos ingresó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tras ser citado por un recurso de amparo solicitado por Nicolás Maduro por las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio.
— Caraota Digital (@CaraotaDigital) August 7, 2024
«Vinimos a atender la citación de la Sala Electoral y estaremos donde sea necesario hasta lograr que el respeto a la expresión mayoritaria del pueblo se haga realidad», indicó el actual gobernador del estado Zulia.
Nos encontramos en el Tribunal Supremo de Justicia junto a José Cartaya de la MUD y Simón Calzadilla del partido MPV, representantes de las tarjetas que apoyaron la candidatura de Edmundo González en la elección del 28 de julio.
Vinimos a atender la citación de la Sala Electoral… pic.twitter.com/6ddlvrt8od
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EDMUNDO GONZÁLEZ NO IRÁ AL PODER JUDICIAL
Por su parte, el candidato Edmundo González Urrutia indicó que no acudirá a la citación realizada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
«Si acudo a la Sala Electoral en estas condiciones estaré en absoluta vulnerabilidad por indefensión y violación del debido proceso. Pondré en riesgo no solo mi libertad sino, lo que es más importante, la voluntad del pueblo venezolano expresada el 28 de julio de 2024 y el gigantesco esfuerzo de los venezolanos y venezolanas que han participado en este proceso para que obtuviéramos evidencias del voto válidamente ejercido por la ciudadanía», dijo.
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Además, detalló que el trámite adelantado por la Sala Electoral «no se corresponde con ningún procedimiento legal contemplado en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia u otra ley sobre la jurisdicción electoral».
«Más aún, la Sala Electoral no puede usurpar las funciones constitucionales del Poder Electoral y ‘certificar’ unos resultados que aún no han sido producidos de acuerdo con la Constitución y la ley, con acceso de los participantes a las actas originales que sirvan de fundamento a una totalización y proclamación y con las debidas auditorías. No puede la Sala Electoral incurrir en coadministración electoral con el CNE, tal como lo ha establecido la jurisprudencia constitucional del propio Tribunal Supremo de Justicia», advirtió.