Excarcelaron a otras 179 personas detenidas tras protestas postelectorales, van 533 liberados

Angel David Quintero
Por Angel David Quintero 4 Min de Lectura
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Comando ConVzla

El fiscal general, Tarek William Saab, informó a través de un comunicado la excarcelación de 179 privados de libertad por las protestas postelectorales.

A través de un comunicado publicado por el Ministerio Público, señaló que estas revisiones de medidas ocurrieron del 10 al 14 de diciembre. Además aclaró que todos estos casos están relacionados con las protestas.

«Estas excarcelaciones se suman a las 354 medidas solicitadas y acordadas previamente, para un total de 533, realizadas en el marco del debido proceso garantizado por la Constitución de la República», señaló.

Para finalizar, Saab destacó que el Ministerio Público «reafirma su compromiso con la paz, la justicia y los Derechos Humanos».

¿LIBERARÁN A MÁS DETENIDOS EN PROTESTAS?

Tarek Williams Saab había ratificado hace varios días que seguirán revisando cada caso. No obstante aclaró que no excarcelarán a aquellas personas que encuentren culpables por «haber cometido hechos violentos durante las protestas». Por tal motivo, podrían ocurrir más excarcelaciones en los siguientes días

Los 179 excarcelados en los últimos días pasaron más de cuatro meses en prisión, aparentemente sin ni siquiera haber pruebas en su contra.

Esta situación de indefensión de los presos políticos se extendió desde el 29 de julio hasta el 11 de noviembre. Después Nicolás Maduro admitió que había inocentes privados de libertad y empezaron los trámites para comenzar con las excarcelaciones.

«Se han visto casos porque fue un momento de un disturbio como loco, 29 y 30 de julio», intentó justificarse sobre la aprehensión de estas personas en las protestas.

¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN SOBRE EL DEBIDO PROCESO?

Artículo 44 de la Constitución: La libertad personal es inviolable; en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.

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La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad de la persona detenida no causará impuesto alguno. 2. Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada, o persona de su confianza; y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida; a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida, ya sea por sí mismos o por sí mismas, o con el auxilio de especialistas.

 

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